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Rabash / Asunto del mal

Asunto del mal

Artículo 305, Pesaj, 1972

El asunto del mal que hay en uno, no se denomina mal a no ser que se sienta que es malo. Esto es que en la medida que el mal nos impide recibir el bien; en dicha medida se determina la medida del mal.

Comúnmente, si uno pierde un centavo a causa de un amigo, este amigo no se convierte en enemigo por ello, porque un centavo no es tan importante para provocar una querella con el otro. Solo en caso que el amigo le produzca pérdidas en la medida de las mismas se forma la medida del odio, hasta el punto de no poder soportarlo.

Resulta de esto que en la medida que uno le da importancia a la Torá y las Mitzvot (preceptos), en la misma medida puede determinar el odio al mal que le impide dedicarse a la Torá y las Mitzvot. Por esto, si uno quiere alcanzar el odio al mal, debe incrementar la importancia de la espiritualidad.

Entonces, de todos modos recibirá la medida de odio que hará que se aparte de su contacto con el mal, como está escrito: “quienes aman a Dios odian el mal”, que significa que en la medida que uno tiene amor al Creador, en esa misma medida odia aquello que interfiere para amar al Creador.